DE LOS JUEGOS DE AZAR Y LOS BLASFEMOS.

23.09.2017 16:30

 

                El juego nunca ha sido simple pasatiempo y distintas autoridades han intentado encauzarlo o regularlo según sus convicciones morales. Cuando se pone en juego dinero, la cosa puede pasar a mayores, especialmente si da pie a trifulcas.

                Durante la Edad Media, los juegos de azar no escaparon de esta persistente tendencia. En la Corona de Aragón se toleraron tahurerías municipales donde se jugara a cambio de parte de sus beneficios. Sus ingresos se emplearon a veces en el mantenimiento de las defensas locales, pero el temor a la ira de Dios en tiempos de epidemia indujo a algunos a pedir su prohibición.

                Los Fueros de Valencia recogen este espíritu regulador del juego, que conllevaba una serie de problemas económicos y morales susceptibles de enturbiar la vida social del naciente reino y de su capital. Ofrecemos a continuación sus principales disposiciones, que nos iluminan sobre el espíritu del siglo XIII:

                 “Si alguien diera o prestara dinero para el juego a quien jugara.

                “El que los reciba no está obligado a entregarlo, aunque el prestamista puede retener la prenda si la tuviera en su poder por aquel dinero. Mas el deudor o la garantía que se haya dado por los dineros prestados en juego no sean embargadas. Aquel que juegue tampoco puede embargar al que juega con él ni su garantía ni su avalista.

                 “Acerca de la cosa que alguien ganara en juego.

                “Tal cosa o la prenda si la tuviera la pueden poseer hasta que le sea pagado aquello que haya ganado en juego.

                “Acerca del hijo que todavía resida en la casa paterna y no tenga esposa o del muchacho que en juego pierda dinero u otras cosas.

                “El padre o el tutor de aquél pueden reclamar y recobrar al jugador todo lo que le haya ganado al hijo o al muchacho.

                “Si alguien prestara a otro dinero para el juego.

                “Que pierda aquel dinero y no lo pueda reclamar, aunque si hubiera tomado prenda, que la retenga.

                 “Si alguien jurara en el juego insultando a Dios o a Santa María pague diez sueldos o desnudo en público padezca diez azotes.

                “Establece ahora el señor rey que si alguien insultara a Dios o Santa María pague cien sueldos, de los Apóstoles cincuenta y de los Santos Mártires veinte. Si no quisiera o pudiera pagar, permanezca todo un día atado al poste. Si la justicia del lugar no le impusiera ninguna pena, pague de sus propios bienes la pena al señor rey. El que lo desvele tenga la quinta parte. Tales penas pueden disminuirse a conocimiento de la corte y los prohombres.”