UN PEQUEÑO OASIS JUDÍO.

26.05.2015 16:20

                La sociedad medieval careció de nuestro sentido de la tolerancia, en el que toda persona tiene el derecho a ser respetada y tratada con igualdad, independientemente de sus creencias religiosas. La libertad de conciencia nunca fue reconocida durante muchos siglos y a lo sumo se permitió que determinadas comunidades religiosas recibieran cierta tolerancia de una autoridad de confesión distinta para poner de manifiesto su “superioridad”.

                Los judíos fueron circunstancialmente aceptados por estas razones ideológicas y otras más materiales por reyes cristianos como Jaime I. El 9 de mayo de 1262 otorgó desde Montpellier un privilegio a favor de los judíos de la ciudad y del reino de Valencia, necesitado de su aportación humana y económica.

                En juicios por usura u otro motivo todo cristiano que demandara a un judío debía de presentar tanto un testigo cristiano como otro judío para evitar el incumplimiento de los compromisos de forma arbitraria.

                A la hora de presentar su juramento en el juicio, el judío lo podía hacer por los diez mandamientos de la ley de Moisés y no de otra manera.

                                                    

                Los judíos podían enviar mensajeros al monarca para discutir la exacción de los impuestos reales. El baile y sus servidores deberían de aguardar el resultado de las conversaciones.

                Toda investigación contra los judíos debería de ajustarse a los procedimientos de los Fueros de Valencia. En caso de ser arrestados por el impago de los impuestos, los carceleros deberían de liberarlos temporalmente cada viernes cuando apareciera Venus en el firmamento del crespúsculo hasta la salida del lucero del alba el sábado.

                Fue un pequeño momento de transigencia en una historia azarosa, la de los judíos valencianos.

                Fuente: Robert I. BURNS, Els fonaments del regne de València. Rebel.lió i recuperació, 1257-1263. Diplomatarium II, Valencia, 1995, pp. 431-432.