DE LOS DÍAS DE SANT JORDI Y AL-AZRAQ.

23.04.2018 18:10

                La vida de los primeros pobladores del reino de Valencia estuvo marcada por las dificultades. Entre 1276 y 1277 muchos mudéjares se alzaron contra el poder cristiano, y contaron con la asistencia de dirigentes militares tan famosos como Al-Azraq. En la batalla de la Canal, en el término municipal alcoyano, los musulmanes se apuntaron una clara victoria. La colonización cristiana parecía en riesgo, y en villas como Cocentaina cundió la alerta, según se desprende del registro de su corte del justicia, de la que ofrecemos la siguiente selección:

                7 de mayo de 1276.

                Fue elegido Guillem de Castalla como justicia de Cocentaina cuando G. Marín murió.

                El justicia, los jurados y los prohombres de Cocentaina por mandato del señor rey prohibieron que ningún vecino se atreviera a sacar a su mujer o su compañía de la villa bajo pena de su persona y de su hacienda. Y si alguien lo desoyera, que sus casas el común las derrocará y los bienes de aquel o aquellos desobedientes sean confiscados y encomendados al señor rey.

                Roger de Lauria, señor del castillo de Seta, promete que devolverá desde este día hasta un mes un rocín de piel castaña, que fue de don P. Díez, y se perdió en la derrota de la Canal. El tal rocín ensillado y con sus correajes promete devolverlo al justicia don Guillermo de Castalla.

                8 de mayo de 1276.

                Sancho Pérez de Gaçaloç, alcaide de Ibi por don Pero Gilabert, reconoce haber recibido de la esposa de don G. Marín, difunto, 224 dineros torneses blancos de plata, destinados a necesidades del castillo de Ibi (…)

                28 de agosto de 1276.

                Nos, Guillem de Castalla, justicia de Cocentaina, recibida carta del señor infante don Pedro para que asignásemos día a los pobladores ausentes de la villa y viniesen a hacer residencia personal, según el tenor de la carta enviada. Nos, por la autoridad y el mandamiento del infante, asignamos día a don Ruiz Martínez de Azagra, a Perico del Bosc y a los herederos de don Exemén Ochova de Quadreyta para que vengan a tener residencia personal en la villa de Cocentaina o que envíen hombres a caballo en su lugar en el plazo del primer lunes siguiente en diez días. Además, asignamos día a don Gil Jiménez para que envíe un hombre a caballo y armas a la villa en las tres primeras semanas siguientes. Además, asignamos día a don Bartolomé Martínez de Azagra para que envíe un hombre a caballo y armas para que haga residencia personal en Cocentaina en las seis primeras semanas siguientes. Además, asignamos día a don Pascual Ibáñez, a Martinet d´Anyó y a don Blasco Carnicer para que acudan el primer lunes siguiente en diez días. E igualmente a don Ponç Guillem, además de a don Exemén Pérez d´Oriç, Joan Martínez de Deza y a Martín Pérez de Deza.

                Estuvieron presentes P. Vicent, García López de Lerga, Martín de Azagra, Ibáñez Esquerdo, P. de Rocafort, R. de Canet y J. Alegre.

                25 de diciembre de 1276.

                Fue vedado por el baile, el justicia y los jurados de Cocentaina que ningún moro sea hallado de noche ni de día llevando pan, harina o vianda sin albarán, so pena de ser preso o cautivo y ser vendido él y su carga. Y aquel que lo sorprenda tenga la mitad y otra para el señor rey, excepto un pan cocido el día del mercado.

                Asimismo, fue vedado que ningún hombre fuera encontrado ni de noche ni de día saliendo por ninguno de los portales de la villa, bajo pena de 60 sueldos, de los que tenga la mitad el que lo encontrara saliendo y la otra mitad el señor rey.

                Asimismo, fue vedado que ningún hombre descubriera ninguna casa de las alquerías de Cocentaina, incurriendo a merced del señor rey y que enmiende primero la tala al señor al que se la hubiere hecho.

                Guillamín de Monbardon promete y conviene con el justicia y los jurados de Cocentaina que hará la obra del foso de 24 palmos de ancho de la tierra viva a la tierra viva y de 22 palmos de alto; es decir, 10 palmos de tierra viva y 22 de tierra muerta. El suelo sea de ocho palmos y que le den por su trabajo 12 sueldos de la braza. Y si por ventura peñas o piedras grandes que no pueda arrancar surgen en el foso, que el Consejo las rompa y las arranque.

                P. de Golumés, baile de Cocentaina, por carta del señor rey ampara a don Ponç Guillem todos sus bienes sedentes en Cocentaina, porque él no hace residencia personal, pero aquí tiene un hombre a caballo, según la carta del señor rey. Además, ampara por esta misma razón los bienes todos los bienes de don Perico del Bosc, así como los de don P. Alcoç, don P. Vicent y don Gil Jiménez.

                27 de enero de 1277.

                Ibrahim Annaquex, alamín del arrabal de Cocentaina, comparece ante el justicia y demuestra y denuncia a la justicia que una mora, hija de Ibn Xayhan, y un morito se habían perdido en la huerta de Cocentaina. Tenía sospecha que la hubiera apresado Bartolomé, hijo de doña Zaragoza (…)

                Ibn Xayhan, moro, comparece ante el justicia, y dice y denuncia que Bartolomé, hijo de doña Zaragoza, había secuestrado a su hija. Y dice: ¡no demandéis por mi hija!, si el rey viene a la tierra yo le reclamaré.

                Referencias tomadas de El català i l´aragonés en els inicis del Regne de València segons el Llibre de Cort de Justícia de Cocentaina (1269-1295) de Joan J. Ponsoda (Alcoy, 1996), pp. 123, 127, 131-2 y 135-6.

                Selección y adaptación al castellano actual de Víctor Manuel Galán Tendero.