MORELLA INTENTA CONTROLAR EL USO DE LAS ARMAS.

07.04.2019 13:58

                El deseo de controlar las armas por los poderes públicos ha estado presente desde hace siglos en la Europa Occidental.  Nacido de la expansión militar, Valencia fue un reino con gentes armadas, tanto cristianas como musulmanas, que a veces creaban sensibles problemas a los señores y al mismo monarca.

                En los términos municipales de la villa de Morella, extensos y jalonados de aldeas, el control resultaba bastante complicado y entre 1370 y 1377 se dispuso que nadie podía esgrimir espada o cuchillo, bajo pena de sesenta sueldos, a distribuir por tercias entre el afectado por su empleo, el acusador y el rey. De todos modos, se reconocía el derecho a emplearlas para partir o defenderse.

        

                La ordenanza municipal distó de cumplirse, entre otras razones porque los varones de Morella tenían la obligación vecinal de acudir a la hueste o milicia local en caso de peligro. En el transcurso de la guerra de las Germanías y la de Espadán se evidenció que las armas se blandían habitualmente en tierras valencianas. Bajo el reinstaurado poder real de Carlos V, en 1530, se dispusieron nuevas medidas.

                Nadie podía presumir, a modo de jactanciosa amenaza, de portar armas, que ahora se especificaban de forma más concreta, pues a las ofensivas se añadían las porras, los bastones y las pelotas de plomo y hierro. Tales limitaciones también eran válidos para los lugares de órdenes y de caballeros, sin inmunidades al respecto.

                Se introdujo, asimismo, la noción de nocturnidad, penalizándose las infracciones por la noche en veinte sueldos en lugar de los diez por el día, que íntegramente deberían de ir a parar a las arcas reales. De no pagar el condenado, pasaría un día de cárcel por sueldo.

                Se consideró lícito emplear el procedimiento judicial inquisitorial, sin necesidad de denuncia de parte a la autoridad, para atajar el problema, aunque los forasteros podían alegar desconocimiento de la ordenanza. Lo establecido en 1370-77 fue reafirmado con el añadido de citar expresamente las espadas y las lanzas que no se podían sacar libérrimamente del domicilio particular, pues la defensa no requería de un buen ataque.