LA QUEMA, UN IMPUESTO SOBRE EL COMERCIO.
El reino de Valencia y la Corona de Castilla mantuvieron durante la Baja Edad Media una intensa relación comercial, que a veces se vio perturbada por los problemas de vecindad y por las guerras entre sus monarcas. En caso de ruptura de hostilidades, se tomaron bienes de mercaderes súbditos del otro rey a modo de castigo, lo que daba pie a represalias y a una cascada de reclamaciones a lo largo de los años.
En las Cortes valencianas de 1408, Martín I tuvo que atender a reclamaciones que se remontaban a los días de su padre Pedro el Ceremonioso. Para compensar a los damnificados por los embargos se había arbitrado un impuesto real, la quema o marca, a razón de dos dineros por cada libra del valor de los productos que entraran o salieran del reino valenciano en relación a Castilla. El impuesto sería arrendado por particulares tras subasta pública.
Entonces el rey Martín el Humano cedió el derecho a la ciudad y reino de Valencia con unas condiciones acordadas en Cortes. La cesión tuvo un carácter anual. Las compensaciones deberían atender las reclamaciones de catalanes, mallorquines y gentes de las islas adyacentes en el comercio valenciano-castellano. También se atendió a los intereses de censalistas que recibieran rentas de damnificados.
La distribución de los ingresos de la quema para compensar las pérdidas las llevaría a cabo un tribunal de justicia compuesto por el obispo de Valencia, el maestre de Montesa, el duque de Gandía, un jurado de Valencia y otro de Játiva.
Con semejantes medidas se pensaba dar confianza al comercio valenciano y hacer una llamada al rey de Castilla a las buenas relaciones, pues más tarde se declararía la franquicia de la quema entre Valencia y Castilla por tierra y mar. Con independencia de la buena voluntad del rey castellano, las economías de ambos territorios eran complementarias, lo que no evitó que en el futuro el impuesto prosiguiera cobrándose con destino a las arcas de la monarquía, incluso mucho después de los Reyes Católicos.